No puede haber elección sin candidatos. Entonces, sin candidatos definidos no puede haber campaña electoral. Así de simple. Sin embargo, nuestra ley electoral contiene ese bache. En las 28 mil 321 palabras de la ley solo cuatro veces aparece el vocablo “campaña”.
Sorprende pero asi es: un aspecto tan fundamental no es tratado explícita y separadamente. Tan solo lo que la ley establece es el “período electoral” que inicia con la proclama electoral y concluye con la proclamación de los electos.
El período se estructura, según la ley, en una serie de momentos secuenciales. De ahí que se considere un proceso. Son siete sus fases: la convocatoria, la presentación de candidatos, la votación, el escrutinio, el cómputo electoral, la resolución de las impugnaciones y la proclamación de los electos. Si bien se trata el régimen de libertades y otras disposiciones que rigen las actividades políticas, no se hace un tratamiento específico a lo que sería la campaña electoral.
La duración de la campaña, en ausencia de una normativa delimitada, solo puede calcularse por inferencia: desde la proclama electoral a las 24 horas anteriores al día de la votación. Si bien es la única manera de hacerlo, es totalmente impropia.
La campaña es, en buena teoría y derecho electorales, el momento inmediatamente posterior a la proclamación de los candidatos. Esto es, cuando se declara formalmente la lista de candidatos con los cargos y niveles electivos a los que fueron propuestos. Se entiende que esa es la lista definitiva, luego de resueltas las impugnaciones que se pudieren presentar.
La campaña electoral, que debe iniciar con esta determinación de los candidatos, así definida duraría un tiempo mucho menor, pues el plazo límite que establece la ley para la propuesta de candidatos es de 60 días antes de la jornada de votación. Sería después de dicho plazo cuando se iniciaría.
Veamos ahora cuál ha sido la experiencia dominicana. De 1962 al 2006 se cuentan 16 procesos electorales y, por ende, campañas. Como la ley dominicana no ha sufrido cambios en este aspecto, la duración puede compararse. En consecuencia la duración promedio ha sido de 96 días (3 meses – 6 días). La más larga fue la de 1974 (134 días); la mas corta, las municipales de 1968 (64 días).
Si se examina un tiempo más reciente y homogéneo, de 1982 al 2006, la duración promedio en diez elecciones subió a 103 días. La más larga fue la de 1990 (118 días) y la más corta, la de 1986 (81 días). En conclusión, lo que llamamos campañas, han durado 3 meses y 13 días. Sin duda alguna, muy largas tanto que cansan a la ciudadanía y consumen mas recursos.
La mayoría de las legislaciones de países con dilatada experiencia electoral, destinan un tiempo bastante reducido de dos a cuatro semanas. Puede estimarse que un mes es más que suficiente para que los partidos hagan su trabajo: asegurar sus votantes y tratar de enamorar la franja de los indecisos. Y es más que suficiente para promover sus candidatos.
Hay otra ventaja con requerir la proclamación de los candidatos para iniciar la campaña formalmente: se atacaría un mal de siempre, como ha sido la sustitución administrativa de candidatos con la excusa de “correcciones”, muchas veces inconsultas, que pervierten lo decidido en las convenciones y primarias de los partidos. No hay campaña hasta que no haya candidatos definidos.
Reglamentar en política, sin embargo, no resulta tan fácil. Definir y delimitar la campaña no cambiara una realidad. La acción de proselitismo y movilización de los partidos no conoce pausas pues son organizaciones políticas permanentes. Pero ayudaría el concebir la campaña como una intensificación de esas actividades orientada a la promoción de los candidatos. Es un asunto de definición y reglamentación especializada.
© Julio Brea Franco 2007
Florida, USA
Publicado originalmente en
Periódico HOY de
Republica Dominicana
Marzo 27, 2007