Uno de los aspectos mas recurridos en las consideraciones que se han emitido acerca de la campaña electoral consiste en su duración y, en particular, su inicio. El proyecto de reglamento de la JCE dado a conocer en días recientes busca definirla. Si bien el documento será sometido a discusión no se entiende por que hay la intención, primero de aprobarlo como reglamento. Debatir algo aprobado no es muy considerado a los que se les pide opinión. Pero no siempre las cosas son racionales y razonables en nuestro país.
El documento-propuesta en su artículo segundo y sus correspondientes numerales, está dedicado a definir los conceptos fundamentales. Así, reflejando la letra de la ley electoral establece que el “periodo electoral” se inicia con la proclama de convocatoria electoral y culmina con la proclamación de los electos.
En lo que respecta a la campaña electoral –que por cierto exhibe una redacción no es del todo feliz- aparece definida como un “conjunto de actividades desarrolladas con el propósito de promover propuestas electorales para la captación del voto a favor de los candidatos oficializados a los cargos electivos nacionales de Presidente y Vicepresidente de la República, presentados por los partidos políticos y agrupaciones políticas accidentales.
Nótese que se especifica: actividades para promover “candidatos oficializados”. Oficializar es dar validez oficial a una situación de hecho. Esto conlleva una aprobación formal de la JCE luego de agotado el plazo para la nominación de los candidatos de 60 días antes de la celebración de las votaciones. En definitiva: no puede haber campaña electoral hasta que no sean aprobados los candidatos a los cargos electivos que habrán de cubrirse en la elección.
A todas luces, entonces, estamos en presencia de una inconsecuencia entre esta definición y el artículo 3 del mismo documento que fija el inicio y el fin de la misma: “La campaña electoral comienza al día siguiente de la publicación de la proclama electoral y concluirá cuarenta y ocho (48) horas antes del día que deba de realizarse la votación. Para los fines de este reglamento la campaña electoral se inicia con la proclama”
¿Como es posible que se diga que la campaña inicia con la proclama electoral, que es un acto que convoca a elecciones, y por la otra que es una actividad de promoción de candidatos aprobados? Sin presentación de candidatos y aprobación de estos no puede haber campaña electoral. En este aspecto medular, el proyecto de reglamentos contradictorio.
La única posibilidad racional de reducir el tiempo de campaña es precisamente esta: iniciándola luego de la aprobación de los candidatos (60 días antes) y concluyéndola 48 horas antes del día de votación. Dos meses es un muy buen tiempo.
La legislación electoral dominicana no habla en ningún caso de “campaña electoral” y las cuatro veces que la menciona lo hace incidentalmente. Como no precisa el concepto, su análisis prohíja mucha imprecisión. No toda actividad político partidaria es de actividad de campaña. Las acciones de campaña se caracterizan y se manifiestan luego de ser definidos los candidatos que son a los que habrá de votar.
Nuestra ley electoral únicamente habla de periodo electoral, esto es, una concatenación de siete fases que inicia con la proclama o convocatoria de elecciones. Asimilar la campaña al periodo electoral es incorrecto. En un trayecto -valga como símil- de Santo Domingo a Puerto Plata, la campaña correspondería al tramo Bonao-Santiago pero en ningún caso al viaje completo.
Se habla mucho de regulación y de duración pero sin explicitar un concepto claro y preciso, y agrego correcto, nadie puede entenderse razonablemente. Aunque da la impresión que hay quienes no quieren entender que esa conceptualización es tan elemental que aparece en cualquier texto de teoría electoral y en los derechos positivos de países con mayor y amplia experiencia democrática.
El Sol, por más que queramos taparlo con un dedo o con la palma de la mano, sigue y seguirá ahí.
© Julio Brea Franco 2007
Florida, USA
Publicado originalmente en
Periódico HOY de
Republica Dominicana
Junio 26, 2007
© Julio Brea Franco 2007
Florida, USA