Ahora resulta que se ha prometido a la Junta Central Electoral los fondos para el proyecto de aceleración del cómputo electoral, una partida adicional para el voto en el exterior y la posibilidad de solución de la deuda con el Banco de Reservas, contraída para el proyecto aquel de modernización del registro civil.

Y ello después de los inelegantes dimes y diretes entre funcionarios gubernamentales y de la JCE. Ciertamente la Junta pidió mucho dinero para su presupuesto del presente año electoral. Siete mil millones de pesos -unos 200 millones de dólares- a todas luces constituye una cifra récord en toda la historia electoral dominicana.

Obviamente que en ese gran total estaba incluida la partida para el financiamiento de los partidos, que desde un tiempo a esta parte justificadamente se pone en cuestionamiento. Pero aun así es una suma más que considerable, a pesar de incluir capítulos necesarios y atendibles.

Las demandas económicas de la Junta y la minimización en la asignación de sus recursos es una situación reiterativa de todos los gobiernos sin distinción de partidos. Sorprendió por eso que el Presidente Mejía, al final de una reciente visita a la institución y de una larga conversación con uno de sus afines, reclamara por mayores recursos cuando en su último año de gobierno tan solo se ejecutó un 32.25% del presupuesto aprobado para la JCE. Es un mal de todos: demandan mayores recursos en la oposición y se lo niegan desde el poder.

La cuenta regresiva para las presidenciales del 16 de mayo venidero se ha iniciado con la emisión de la proclama de convocatoria emitida por la JCE el pasado 16 de enero. Ninguna novedad en la apertura con respecto a elecciones anteriores: 14 de enero de 2000 y 20 de enero de 2004. Las aspiraciones de una drástica disminución en la duración quedaron en el aire.

Pese a que opiniones no especializadas consideran que con la proclama se inicia la campaña electoral, técnicamente es incorrecta tal afirmación. Lo que ha quedado abierto es el periodo electoral de acuerdo a la terminología de la ley. Por cierto, un concepto de “periodo” obsoleto, añejo y poco operativo. Antiguo, pues aparece por primera vez en la ley electoral Núm. 35 de 1923, que a su vez copiaba una disposición de la ley electoral cubana de 1908.

Poco operativo a la luz de la teoría electoral: “periodo” se refiere a un lapso, a un tiempo determinado. Periodo electoral es entonces un tiempo en el que se realizan actividades, acciones y actos relacionados con una elección. Proceso es un vocablo específico pues no solo alude a tiempo sino a una secuela de actividades concatenadas. El proceso electoral no solo es un periodo de tiempo sino una serie de momentos concatenados y secuenciales.

Cuando se habla por consiguiente de periodo y no de proceso electoral se genera la confusión de que padecemos: la de llamar “campaña” a momentos que no lo son.

Cualquier elección de la clase o del tipo que esta sea debe de concebirse como un proceso que comprende momentos anteriores y posteriores a la votación. Hay un antes, un durante y un después.

En efecto, sin convocatoria, formalmente emitida y contenida en un acto de la autoridad electoral, que especifique la fecha, la clase, el tipo de la elección, los cargos para los que habrá de designar, no pueden presentarse candidatos, ni mucho menos llevarse a cabo campaña alguna de promoción y motivación orientada a los potenciales votantes. Por igual, sin candidatos, no puede realizarse ninguna votación, ni valoración de los votos emitidos, ni recuento de los mismos ni agregación de resultados obtenidos por candidatos y partidos. Lo mismo: no se podrá asignar cargos ni proclamación de los elegidos.

De lo señalado se coligen ocho etapas en la realización de un proceso electoral. Son ellas: convocatoria, presentación de candidatos y aceptación de las propuestas, campaña electoral, votación, escrutinio, el cómputo electoral como el producto de una cadena de montaje, la resolución de los conflictos o recursos y la determinación de resultados definitivos que se acompaña con proclamación de quienes resultaron electos.

Las palabras inadecuadas confunden el espíritu de la ley.

© Julio Brea Franco 2008
Florida, USA

Publicado originalmente en Periódico HOY de
República Dominicana
Enero 22, 2008